CONGRESO DA ENTRADA A INICIATIVA PARA REFORMAR CÓDIGO ELECTORAL DEL ESTADO DE HIDALGO
• Diputado Crisóforo Rodríguez propone que Diputados que aspiren a ser candidato a miembro del Ayuntamiento deberán separarse de su cargo sesenta días antes de la fecha de la elección.
• Comentó que para el caso de la renovación de Ayuntamientos, el plazo de sesenta días para separarse de un cargo público es suficiente.
Pachuca de Soto, Hidalgo.- El Congreso escuchó y dio entrada la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el segundo párrafo del Artículo 9 del Código Electoral del Estado de Hidalgo, para que los Diputados que aspiren a ser candidato a miembro del Ayuntamiento deberán separarse de su cargo sesenta días antes de la fecha de la elección.
Al exponer la propuesta, el diputado del Grupo Parlamentario del PES, Crisóforo Rodríguez Villegas, expuso que las sucesivas reformas electorales han promovido que algunos plazos señalados en la legislación electoral no se hayan armonizado, por lo cual, se considera necesario homologarlos antes de la fecha máxima señalada para modificar la legislación electoral que regirá en el siguiente proceso de renovación de ayuntamientos.
Rodríguez Villegas señaló que con la reforma se desea eliminar una situación de discriminación que prevalece actualmente entre los contendientes que ostentan un cargo de diputado respecto a otros servidores públicos, porque no existe razón alguna para que se exija un plazo diferente en la separación del cargo entre ambos casos, lo cual es una situación que significa inequidad.
Indicó que al establecer este criterio se coloca en el mismo plano a los legisladores con los servidores públicos del Gobierno, hombres y mujeres, que aspiren a formar parte de un Ayuntamiento, sea como Presidente, Síndico o Regidor.
Con ello, subrayó, se refuerzan los principios de igualdad y equidad que deben imperar en todo proceso electoral local, con lo cual se contribuye al fortalecimiento de la actividad democrática del Estado de Hidalgo.
Comentó que para el caso de la renovación de Ayuntamientos, el plazo de sesenta días para separarse de un cargo público es suficiente, porque en ese plazo se lleva a cabo el proceso de registro de planillas de candidatos, el otorgamiento o negativa del registro y queda comprendido el periodo de duración de campaña.
Ante ello, manifestó que no existe justificación alguna para que los Diputados tengan que separarse de su cargo 90 días antes de la elección y que continúe existiendo esta disposición en nuestro Código Electoral Local.