PRESENTA PT INICIATIVA QUE FORTALECE LEY DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN LABORAL DEL ESTADO DE HIDALGO
• A propuesta del diputado Miguel Ángel Peña Flores, la iniciativa también busca armonizar la Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Hidalgo con las disposiciones federal.
• Centro de Conciliación Laboral tendrá las atribuciones de expedir las constancias de no Conciliación; adoptar un sistema de Servicio Profesional de Carrera
Pachuca de Soto, Hidalgo.- El Congreso abrió las puertas a la iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Hidalgo, a fin de fortalecerla para apuntalar la conciliación como herramienta efectiva para evitar juicios y se obtenga justicia con mayor rapidez, todo ello con plena garantía del equilibrio entre patrones y trabajadores.
A propuesta del diputado del Grupo Legislativo del PT, Miguel Ángel Peña Flores, la iniciativa también busca armonizar la Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Hidalgo con las disposiciones federal.
Peña Flores señaló que el Centro de Conciliación Laboral tendrá las atribuciones de expedir las constancias de no Conciliación; adoptar un sistema de Servicio Profesional de Carrera y seleccionar mediante concurso abierto en igualdad de condiciones a su personal; Formar, capacitar y evaluar a las y los conciliadores para su profesionalización; y las demás que le confiera la Ley Federal del Trabajo, la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Hidalgo, su Estatuto Orgánico y otras disposiciones legales aplicables.
Además, propuso que la Junta de Gobierno del Centro de Conciliación Laboral se compondrá por 7 integrantes, donde se incluye al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales; y al Centro Estatal de Justicia Alternativa.
El diputado del PT indicó, en su iniciativa, que las personas integrantes de la Junta, podrán ser suplidas en las sesiones. Quienes suplan a las personas titulares de las Secretarías, deberán tener, por lo menos, nivel de Subsecretaría o de Dirección General y, en el caso de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, de la Unidad de Planeación y Prospectiva, Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y Centro Estatal de Justicia Alternativa, el nivel inmediato inferior.
De igual manera, el legislador adicionó la fracción I BIS del artículo 13, por lo que la Junta tendrá la atribución de Aprobar las bases para la organización, funcionamiento y desarrollo del Sistema de Servicio Profesional de Carrera.
Asimismo, las modificaciones a la citada Ley, señala que el Director General del Centro disfrutará de emolumentos iguales a los de los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia.
También, expuso el diputado, deberá presentar a la Junta de Gobierno para su aprobación las bases para la organización, funcionamiento y desarrollo del Servicio Profesional de Carrera.
Lo anterior, debido a que la Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Hidalgo, no considera las atribuciones referentes a la implementación del Servicio Profesional de Carrera, ni la capacitación y profesionalización respectiva.