ABRE CONGRESO LAS PUERTA A INICIATIVA PARA ELIMINAR PENA DE CÁRCEL A MUJERES QUE ABORTEN EN EL ESTADO
• Busca, también, que Estado de Hidalgo reconozca y proteja el derecho a la vida en todo momento, desde la concepción hasta la muerte natural.
• Finalidad, además, es proteger a la mujer y defender la vida de todos, de tal manera que no se vulneren los derechos de nadie y, mucho menos, se criminaliza a las mujeres.
Pachuca de Soto, Hidalgo.- El Congreso de Hidalgo abrió las puertas a la iniciativa con proyecto de Decreto por el que reforma el Párrafo Cuarto del artículo 4 y el Párrafo Noveno del artículo 9 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, para eliminar la pena de cárcel para mujeres que aborten, conmutando la sanción por trabajo comunitario, o la atención médica integral.
A propuesta de los diputados del Grupo Legislativo de Acción Nacional (PAN) Claudia Lilia Luna Islas, Areli Maya Monzalvo y Asael Hernández Cerón, se busca que Estado de Hidalgo deberá reconocer y proteger el derecho a la vida en todo momento, desde la concepción hasta la muerte natural.
Esta reforma tiene finalidad de proteger a la mujer y defender la vida de todos, de tal manera que no se vulneren los derechos de nadie y, mucho menos, se criminaliza a las mujeres, porque se mantienen intactas las causales de excepción de responsabilidad penal ya existentes para las mujeres que aborten cuando: el embarazo es producto de una violación, el embarazo pone en riesgo la vida de la madre y/o existan malformaciones congénitas del bebé.
El documento señala que la modificación al párrafo cuarto del artículo 4 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, quedaría de la siguiente manera:
“En el Estado de Hidalgo, se reconoce y protege el derecho a la vida en todo momento, desde la concepción hasta la muerte natural, con las salvedades previstas en la legislación ordinaria y se le reputa como nacido para todos los efectos correspondientes. Queda prohibida toda discriminación motivada por el origen étnico, nacional o regional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social o económica, las condiciones de salud…”.
Asimismo, el cambio al párrafo noveno del Artículo 9 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, quedaría como sigue:
“Queda prohibida la pena de muerte, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes, la privación de la libertad para la mujer que, estando embarazada, haya cometido aborto y cualesquiera otras penas inusitadas y trascendentales. Toda pena deberá ser proporcional al delito que sancione y al bien jurídico afectado”.
En ese sentido, los legisladores del PAN manifestaron que “el derecho más preciado del que goza el ser humano es la vida, corresponde al Estado garantizar la protección de este derecho, lo que debe ser previsto expresamente en nuestra Constitución local”.
Por ello, informaron que la Convención Americana sobre Derechos Humanos “Pacto de San José”, es uno de los instrumentos más sobresaliente en materia de protección de derechos humanos, ya que en ella se establece con precisión la obligación de los Estados Parte de proteger el derecho a la vida, en general, desde el momento de la concepción.
“El Estado Mexicano presentó Declaración Interpretativa, respecto al párrafo I del Artículo 4 por considerar que “la expresión «en general», usada en el citado párrafo no constituye obligación de adoptar o mantener en vigor legislación que proteja la vida «a partir del momento de la concepción», ya que esta materia pertenece al dominio reservado de los Estados, sin embargo, hacemos uso del derecho que tiene el Estado Mexicano constituido en Federación, para que el Congreso del estado de Hidalgo, legisle en esa materia”, explicaron los diputados.
Asimismo, indicaron que el Pacto internacional de los Derechos Civiles y Políticos firmado por México en 1981, en su artículo 6, numeral 1 señala que:
“ARTÍCULO 6.
El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará protegido por la ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente”.
La iniciativa fue turnada a la Comisión Legislación y Puntos Constitucionales, para su análisis y, en su caso, dictaminación.