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APRUEBA CONGRESO ACUERDO ECONÓMICO A FAVOR DE SOCIEDADES COOPERATIVAS DE HIDALGO

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• Que Gobierno del Estado considere los bienes y servicios producidos por las sociedades cooperativas hidalguenses, dentro de sus respectivos planes de adquisición de bienes, contratación de servicios.
• También el Gobierno del Estado de Hidalgo procurará proveerse de estos bienes y servicios producidos por las sociedades cooperativas siempre y cuando cumplan con lo dispuesto en la Ley.

Pachuca de Soto, Hidalgo.- El Congreso avaló con 25 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, solicitar al Titular del Poder Ejecutivo Estatal, para que, en el ámbito de sus competencias considere los bienes y servicios producidos por las sociedades cooperativas hidalguenses, dentro de sus respectivos planes de adquisición de bienes, contratación de servicios, realización de obra pública y servicios relacionados con las mismas.

Lo anterior, siempre y cuando cumpla con la normatividad establecida y cuenten con registro vigente en el Padrón de Proveedores de la Administración Pública Estatal y/o Padrón de Contratistas de Obras Públicas y Servicios.

La sociedad cooperativa es una forma de organización social integrada por personas físicas con base en intereses comunes y en principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas.

Por lo que dentro de las acciones a realizar por el Poder Ejecutivo del Estado de Hidalgo se encuentra promocionar la economía cooperativista en la producción, distribución y comercialización de los bienes y servicios que generan, ya que son socialmente necesarios, además de fomentar en la población hidalguense el comercio, consumo y disfrute de dichos bienes.

También el Gobierno del Estado de Hidalgo procurará proveerse de estos bienes y servicios producidos por las sociedades cooperativas siempre y cuando cumplan con lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público del Estado de Hidalgo.

El artículo 13 de la Ley General de Sociedades Cooperativas menciona que el acta constitutiva de dichas sociedades se inscribirá en el Registro Público de Comercio que corresponda a su domicilio social.

En este contexto la Secretaría de Economía a través del oficio No. 316.2019.002346 de fecha 25 de junio del presente año, hace constar que se realizó una búsqueda en la base de datos del Registro Público del Comercio (RPC), a la que tiene acceso la Dirección General de Normatividad Mercantil (DGNM), y se tienen 777 sociedades cooperativas inscritas en el Estado de Hidalgo.

Las sociedades cooperativas hidalguenses pueden registrarse en el Padrón de Proveedores de acuerdo con el artículo 27 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público del Estado de Hidalgo y en el Padrón de Contratistas de acuerdo con el artículo 16 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas; con la finalidad de participar en los procedimientos de licitación y adjudicación directa que emita el Gobierno del Estado de Hidalgo.

Es necesario enfatizar en la necesidad de que las diversas sociedades cooperativas, dejen de ser vistas únicamente como una alternativa, sino como “importantes herramientas de empoderamiento eficiente y perdurable”, lo que brindaría una mejora sustancial en el modo de vida de las personas que conforman este sector de la economía.


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