COMUNICADO: MEDIDAS SANITARIAS PARA EL COMERCIO

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Pachuca de Soto, Hidalgo.- Con base en el acuerdo por el que se establecen las medidas sanitarias inmediatas para la prevenciĆ³n y control de la enfermedad COVID-19 causada por el virus SARS-CoV-2 en el Estado de Hidalgo, publicado en el PeriĆ³dico Oficial del Estado de Hidalgo de fecha 19 de marzo de 2020 modificado mediante diversos publicados en el mismo medio, los dĆ­as 19 de mayo y 21 de diciembre de 2020, siendo la Ćŗltima modificaciĆ³n el dĆ­a 04 de enero de 2021; y siendo la Ćŗltima modificaciĆ³n el 07 de febrero de 2021; se determinan las siguientes medidas sanitarias que se deberĆ”n seguir por parte del comercio :

1. Se suspenden las actividades en los siguientes establecimientos
ā€¢ Antros, bares, cantinas, centros nocturnos, boliches, billares y similares.
ā€¢ Juegos mecĆ”nicos, ferias y electrĆ³nicos infantiles.
ā€¢ Eventos sociales en salones de fiestas: bodas, bautizos, etc.
ā€¢ Evento de cualquier Ć­ndole masivos (museos, teatros y eventos culturales).
ā€¢ Balnearios, parques acuĆ”ticos y centros recreativos.

2. SeguirƔn funcionando los comercios de artƭculos esenciales (abarrotes, miscelƔneas, cremerƭas, verdulerƭas, fruterƭas, carnicerƭas, pollerƭas, panaderƭas, etc.) en un horario de 8:00 a 19:00 Hrs.

3. PanaderĆ­a Horario de 8:00 a 20:00 Hrs.

4. Farmacia, consultorio mƩdico, consultorio dental 24Hrs.

5. Regalos y novedades, dulcerĆ­as, bazares, boutique, zapaterĆ­as, mueblerĆ­a, perfumerĆ­a, mercerĆ­a, productos de belleza, lavanderĆ­as, florerĆ­as, pastelerĆ­as, etc. Horario de 09:00 a 19:00 Hrs.

6. Plazas comerciales, tiendas departamentales (Soriana; Bodega Aurrera, Coppel, Elektra). Horario de 09:00 a 19:00 Hrs. aforo mƔximo del 30% de su capacidad.

7. Gimnasios y centros deportivos horarios de 07:00 a 13:00 Hrs. y de 17:00 a 19:00 Hrs. Con un aforo mƔximo del 20% de su capacidad en espacio cerrado y 40% al aire libre.

8. Restaurantes, cocinas econĆ³micas y de mĆ”s que expendan alimentos para consumo en el lugar. Horario de 08:00 a 19:00 Hrs. Con un aforo mĆ”ximo del 20% de mesas ocupadas en espacio cerrado y 30% en espacio abierto.

9. Comercio de alimentos matutinos (tamales, atoles, tortas, puestos semifijos que se encuentren incluidos en el padrĆ³n comercial de reglamentos). 06:00 a 10:00 Hrs.

10. Comercios de alimentos vespertinos en la vĆ­a pĆŗblica tacos, antojitos mexicanos, etc) horario de servicio de 18:00 a 22:00 Hrs. Con una hora mĆ”ximo para su cierre y un aforo del 20% de mesas ocupadas en espacio cerrado y 30% en espacio abierto.

11. Comercios de alimentos vespertinos establecidos (cenadurĆ­as, tacos, antojitos mexicanos, etc.)

12. Establecimientos para el hospedaje podrĆ”n laborar con una ocupaciĆ³n mĆ”xima del 30% de su capacidad las Ć”reas comunes deberĆ”n permanecer cerradas.

13. Mercados, tianguis y supermercados, solo podrƔn laborar con un aforo mƔximo del 30% de su capacidad, se instalarƔn filtros sanitarios en los accesos, uso de gel antibacterial, uso obligatorio de cubrebocas, toma de temperatura, el horario de apertura serƔ a las 08:00 Hrs.y el horario mƔximo de cierre serƔ a las 18:00 Hrs. Puestos de alimentos aforo mƔximo del 30% de mesas ocupadas.

14. Centros y canchas deportivas solo podrĆ”n funcionar para eventos deportivos profesionales a puerta cerrada y en espacios cerrados no podrĆ” haber ningĆŗn tipo de evento deportivo.

15. Salones de belleza, barberĆ­as, peluquerĆ­as y estĆ©ticas, sĆ³lo tendrĆ”n servicio por cita o a domicilio. Con un horario de servicio de 09:00 a 19:00 Hrs. Con un aforo mĆ”ximo de 25% de su capacidad. Servicio a niƱas, niƱos, adultos mayores y mujeres embarazadas en horario de 11:00 a 14:00 Hrs.

16. Cines aforo mĆ”ximo del 25% de su capacidad, colocaciĆ³n obligatoria de filtros sanitarios en los accesos.

17. Centros de negocios, iglesias y templos aforo mĆ”ximo del 25% de su capacidad, colocaciĆ³n obligatoria de filtros sanitarios en los accesos.

18. ContinĆŗa suspendida la venta de bebidas alcohĆ³licas.

Se deberĆ”n reforzar las medidas de prevenciĆ³n e higiene en los establecimientos, uso obligatorio de cubrebocas por parte del personal que atiende el establecimiento y la exigencia a los clientes, aplicaciĆ³n de gel antibacterial, toma de temperatura al ingresar al lugar, sanitizaciĆ³n constante del espacio y todas aquellas medidas llevadas hasta el momento. Medidas que deberĆ”n ser aplicadas a partir de la fecha, hasta en tanto no se emitan nuevas disposiciones al respecto.

El desconocimiento de estos decretos y medidas no exime de su cumplimiento por lo que se vigilarĆ” por parte de la DirecciĆ³n de Reglamentos y EspectĆ”culos PĆŗblicos, Sanidad Municipal, ProtecciĆ³n Civil y Seguridad PĆŗblica el cumplimiento de estas medidas y aplicando las sanciones correspondientes.

Gobierno Municipal de Tepeji del RĆ­o de Ocampo, Hgo.


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