Contralores Municipales serán electos por la Asamblea Municipal
Pachuca.- En un paso significativo hacia la transparencia y la rendición de cuentas en los municipios, el pasado 21 de junio se publicó en el Periódico Oficial del Estado una reforma clave a la Ley Orgánica Municipal.
El objetivo primordial de esta modificación es alinear la Ley Orgánica Municipal con los principios y bases del Sistema Nacional y Estatal Anticorrupción. De esta manera, se busca que la elección de los contralores municipales siga un proceso transparente y robusto, similar al utilizado para otros órganos de control autónomos.
Esta reforma establece que los contralores municipales, responsables de supervisar la legalidad de los ingresos, gastos, nóminas, deudas e integridad del patrimonio municipal, serán designados por la asamblea municipal mediante el voto de dos terceras partes de sus integrantes.
«La inclusión de la convocatoria es fundamental para asegurar que el contralor municipal cuente con la independencia necesaria para llevar a cabo sus funciones de manera objetiva y efectiva», afirmó el Secretario de Contraloría Estatal, Álvaro Bardales Ramírez.
Una de las reformas más significativas es la obligatoriedad de emitir una convocatoria pública para todos los ciudadanos interesados en ocupar el cargo de contralor municipal. Esta medida busca garantizar la imparcialidad y autonomía del contralor, evitando cualquier tipo de dependencia indebida del presidente municipal.
Con estas medidas, se espera fortalecer el control sobre la conducta de los servidores públicos y contribuir a una gestión municipal más transparente y responsable.
El perfil profesional ideal para los aspirantes incluye experiencia en áreas como derecho o contabilidad, dada la complejidad del rol en la supervisión del proceso de transición entre administraciones municipales.
La convocatoria será emitida por el presidente municipal en coordinación con una comisión especial del ayuntamiento, estableciendo un proceso claro de registro y evaluación de los candidatos.
Los aspirantes deberán presentar y defender un ensayo donde expongan sus motivaciones y capacidades para ocupar el cargo.
Una vez seleccionado, el contralor municipal ejercerá su función por un periodo de cuatro años, sujeto a la aprobación por mayoría calificada de la asamblea municipal. Esta disposición tiene como objetivo garantizar la continuidad y estabilidad en la función contralora, independientemente de los cambios en la administración municipal.
Los actuales contralores internos continuarán en funciones hasta que se designen los nuevos titulares conforme a las disposiciones de esta reforma.