EN CUMPLIMIENTO AL ARTÍCULO 207 DEL CÓDIGO ELECTORAL DEL ESTADO DE HIDALGO, IEEH REALIZA LA ASIGNACIÓN DE DIPUTACIONES POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL
Pachuca de Soto, Hidalgo.- Luego de que el pasado viernes, los magistrados de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmaran la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), respecto de los resultados consignados en el acta de escrutinio y cómputo distrital, la declaración de validez y el otorgamiento de la constancia de mayoría a favor de la Candidatura Común, la cual obtuvo la mayoría de votos en el Distrito III San Felipe Orizatlán y luego de que se señaló que el Instituto Estatal Electoral demoró de manera injustificada la asignación de diputaciones locales por el principio de representación proporcional al “esperar” la resolución en mención, este Órgano Electoral Local señala que:
– En cumplimiento al principio de legalidad, la asignación de diputaciones locales por el principio de representación proporcional se realiza con fundamento en el artículo 207 del Código Electoral del Estado de Hidalgo, el cual, dicta que “Una vez resueltos por las instancias jurisdiccionales competentes los medios de impugnación presentados respecto de los cómputos distritales, declaración de validez de las elecciones y entrega de las constancias de mayoría, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral procederá a asignar doce Diputados por el principio de representación proporcional…”
Por lo que derivado de lo anterior y en cumplimiento a la legislación electoral vigente así como por respeto al curso de los procedimientos jurisdiccionales correspondientes, el Instituto Estatal Electoral aguardó, como marca la ley, la resolución de la sentencia en mención para proceder a la asignación de las diputaciones de representación proporcional.