MAÑANA ENTRA EN VIGOR EL ACUERDO PARA EL USO DE CUBREBOCAS COMO MEDIDA PREVENTIVA CONTRA COVID-19 EN HIDALGO

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• Se publicó el acuerdo por el que se establece el uso de cubrebocas como medida preventiva de alto impacto complementaria contra la propagación del COVID-19 en el Estado de Hidalgo.
• El acuerdo entra en vigor el día de mañana
• El incumplimiento de las medidas descritas será sancionado por la autoridad sanitaria competente.

Pachuca de Soto, Hidalgo.- Hoy el Gobierno de Hidalgo publicó en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH), el acuerdo por el que se establece el uso de cubrebocas como medida preventiva de alto impacto contra el COVID-19.

El documento hace referencia a que la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró el 30 de marzo de este año emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor por pandemia de COVID-19, por lo que el Estado de Hidalgo, se implementó el “Operativo Escudo por un Hidalgo Seguro”, estableciendo medidas sanitarias inmediatas para la prevención y control del virus SARS-CoV2 (COVID-19).

La OMS estableció que el uso de cubrebocas es una medida de prevención que puede limitar la propagación de enfermedades respiratorias incluyendo el virus SARS-CoV2 (COVID-19), siempre que se compagine con otras medidas preventivas para prevenir el contagio como la distancia social y el lavado de manos. Sin embargo, la compra masiva de cubrebocas pone en riesgo su disponibilidad para el personal médico que los atiende, por lo qué hay una explicación científica por la que todos debemos usar cubrebocas y señala que: “cubrebocas más simples y económicas pueden ser suficientes para ayudar a aplanar la curva, quizás un poco, quizás de manera sustancial, sin que su uso implique reducir máscaras de respirador N95 a los trabajadores de la salud.

Está de antecedente que países como Japón, Tailandia, Corea del Sur y Hong Kong, así como, República Checa, contuvieron el crecimiento de contagios por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), promoviendo el uso masivo de cubrebocas entre la población junto con las medidas preventivas de higiene, distanciamiento social y aislamiento.

Por lo anterior se considera el uso de cubrebocas como una medida sanitaria preventiva de alto impacto para combatir el virus en el estado de Hidalgo, por lo que se requiere de la corresponsabilidad de todos los hidalguenses como la forma en que ciudadanos y gobierno protegen el respeto a los derechos humanos, entre ellos la salud, demostrando que actuar, es la mejor manera de contribuir al progreso de la sociedad.

El acuerdo establece el uso de cubrebocas como medida preventiva de alto impacto en combinación con otras medidas de prevención como es la sana distancia y el lavado frecuente de manos, así como de las señaladas por las autoridades sanitarias federales para evitar la propagación de virus SARS-CoV2 (COVID-19).

Para el uso correcto del cubrebocas debe tomarse en cuenta, como mínimo, lo siguiente:

• Se recomienda su uso en entornos públicos donde otras medidas de distanciamiento social son difíciles de mantener, especialmente en áreas de transmisión significativa basada en la comunidad.
• Que se cubra boca y nariz.
• Su uso no sustituye la Jornada de Sana Distancia.
• No lo usarán niños menores de 2 años de edad, personas que tengan dificultades para respirar, o que por algún motivo no puedan quitarse la mascarilla sin asistencia.

El uso del cubrebocas no implica dejar de observar el resguardo domiciliario corresponsable.

Los trabajadores de los sectores público, privado y social en cualquiera de sus modalidades, que por razón de sus actividades deban acudir a los centros de trabajo y no tengan la posibilidad de laborar vía remota, procurarán hacer uso de cubrebocas en los horarios de su jornada laboral o durante el tiempo que se encuentren dentro de ellas.

Dentro de las instalaciones de los sectores público, privado y social, mediante el uso de medios visuales, se darán a conocer los criterios para el uso de cubrebocas con el fin de evitar la propagación y el contagio del virus COVID-19, y se promoverá la elaboración doméstica de cubrebocas de los distintos materiales que sean útiles para la prevención del contagio.

El personal de salud, seguridad pública y aquellos que presten servicios públicos en el estado de Hidalgo, deberán utilizar cubrebocas en el ejercicio de sus funciones, de acuerdo a las recomendaciones técnicas correspondientes.

El personal que labore en todos los centros de abasto, establecimientos comerciales, o aquellos que manejen alimentos deberán utilizar correctamente el cubrebocas y procurarán que los clientes o visitantes lo utilicen correctamente mientras se encuentren dentro de las instalaciones. En caso de que los clientes o visitantes no cuenten con cubrebocas, se procurará proporcionar uno para su acceso.

Los operadores de los vehículos del servicio público de transporte de pasajeros, tanto convencional, como masivo, cualquiera que sea su modalidad y tipo de servicio, deberán hacer uso del cubrebocas y promover su adecuada utilización.

Así mismo, todos los usuarios de los servicios de transporte público en cualquiera de sus modalidades procurarán el uso del cubrebocas, en todo momento durante su viaje en turno.

Durante el tránsito y desplazamiento de un lugar a otro, el acceso a instituciones públicas o privadas, transporte, centros y cadenas comerciales, las personas procurarán hacer uso de un cubrebocas.

El incumplimiento de cualquiera de las medidas descritas en el presente Acuerdo, atendiendo al caso, será sancionado por la autoridad sanitaria competente, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.

Ingresa aquí para leer el Acuerdo completo


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